2.5.3 CONCEPTO Y CONCEPTOS A FINES:

— El tributo, contribución o ingreso tributario es el vínculo jurídico en virtud del cual el Estado, actua como sujeto activo, exige a un particular, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación peculiar, excepcionalmente en especie.
Análisis del contenido de la definición, en los diversos elementos que la integran:
— 1.- La existencia de un vínculo jurídico. Todo tributo debe, para su validez y eficacia estar debidamente previsto en una norma jurídica expedida con anterioridad a los hechos o situaciones a los que va a ser aplicado.

— 2.- El Estado como sujeto activo. Toda obligación presupone la existencia de un sujeto activo que, por regla general, es aquel en cuyo favor se establece el deber de dar. Por lo que es la entidad estatal encargada de la determinación, recaudación y administración de las contribuciones.
— 3.- Los particulares como sujetos pasivos. Son los particulares, ciudadanos, gobernados o administradores, los que , agrupados bajo la denominación común de contribuyentes, tienen a cargo el cumplimiento de la obligación, por lo que deben de contribuir, en los casos señalados por las leyes aplicables, al sostenimiento de los gastos públicos.
— 4.- El pago o cumplimiento de una prestación pecuniaria, excepcionalmente en especie. El propósito fundamental perseguido por la relación jurídico tributaria es de dotar al Estado de los medios y recursos para sufragar los gastos públicos y poder atender así las necesidades colectivas de interés general.
2.5.3 recargo
Cantidad adicional de dinero que debe pagarse por una deuda, generalmente por no haberla satisfecho en el plazo establecido
2.5.3 Multa
— Sanción económica que se impone por no cumplir la norma:
— Papel donde se indica que alguien no ha cumplido una norma, especialmente de circulación

— Pena o sanción que se impone por haber realizado una infracción.

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